Delegado de Protección de Datos

El Delegado de Protección de Datos (DPD): El «Guardián» de la Información en tu Empresa

Con la Ley 21.719 surge una figura clave. Muchos empresarios se preguntan: ¿Necesito contratar a alguien nuevo? ¿Es obligatorio? Aquí te explicamos todo.

 

Con la nueva Ley de Datos Personales, surge una figura clave para el cumplimiento normativo dentro de las organizaciones: el Delegado de Protección de Datos (o DPO, por sus siglas en inglés).

1. ¿Qué es un DPD?

El DPD no es un simple administrativo. Es una persona (natural o jurídica) que actúa como el referente interno y externo en materia de privacidad. Es quien informa, asesora y supervisa que la empresa cumpla con la ley, actuando como enlace entre tu organización, los titulares de los datos y la Agencia.

2. ¿Es obligatorio tener uno?

Esta es la gran pregunta. La respuesta tiene matices importantes:

Voluntario Para la mayoría de las empresas del sector privado, la designación es voluntaria.
Obligatorio Si decides adoptar un Modelo de Prevención de Infracciones (compliance certificado), el DPD es un requisito esencial y obligatorio.
Obligatorio Para todos los organismos del Sector Público.
💡 El incentivo clave: Contar con un DPD y un modelo de prevención certificado constituye una circunstancia atenuante ante posibles sanciones. Es decir, puede bajar significativamente una multa en caso de error.

3. ¿Quién puede ser DPD?

  • Interno o Externo: Un trabajador o una consultora externa.
  • Persona Natural o Jurídica: Puedes contratar a una empresa especialista.
  • El Dueño (PyMEs): En empresas pequeñas, la ley permite que el dueño asuma el rol.
  • Grupos Empresariales: Un solo DPD puede servir para todo el holding.

4. Requisitos del Cargo

No cualquiera puede asumir este rol. Debe cumplir con:

  • Idoneidad: Conocimientos especializados en derecho de datos.
  • Autonomía: No puede recibir instrucciones ni ser sancionado por cumplir su función.
  • Acceso a Directorio: Debe rendir cuentas a la máxima autoridad.
  • Sin Conflictos de Interés: Un Gerente de Marketing o TI no puede ser DPD (no puede auditarse a sí mismo).

5. Sus 8 Funciones Críticas

1. Informar y asesorar sobre la ley.
2. Supervisar el cumplimiento normativo.
3. Capacitación permanente del personal.
4. Gestión de Riesgos y EIPD.
5. Atención de derechos ARCOP.
6. Punto de contacto con la Agencia.
7. Desarrollar Plan Anual de trabajo.
8. Mantener estricta confidencialidad.

6. ¿Por qué le conviene a tu empresa?

Más allá de lo legal, tener un DPD (interno o externo) reduce riesgos de brechas de seguridad, genera confianza en tus clientes y actúa como un «seguro» atenuante ante la autoridad.

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