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  • Ley de Datos Personales 21.719 consolidada con ley 19.628

    Ley de Datos Personales 21.719 consolidada con ley 19.628

    Texto Consolidado de la Ley de Protección de Datos Personales en Chile

    Este nuevo régimen legal entrará en plena vigencia el 1 de diciembre de 2026. A partir de dicha fecha, las organizaciones públicas y privadas deberán dar estricto cumplimiento a sus disposiciones, quedando sujetas a la fiscalización de la nueva Agencia de Protección de Datos Personales.

    Con el objetivo de facilitar el análisis jurídico y apoyar el proceso de adecuación institucional de las empresas, en LegalDatos ponemos a disposición un documento íntegro con el texto legal consolidado.

    Acceso al texto Consolidado

    Puede visualizar y descargar el documento consolidado en formato PDF a continuación para su consulta y archivo:

    Ley de Datos Personales Consolidada (19.628 con la ley 21.719).docx

  • Fuentes de Licitud (Bases de Licitud)

    Fuentes de Licitud (Bases de Licitud)

    Para cualquier empresa en Chile, entender la nueva Ley de Protección de Datos Personales (Ley 21.719) comienza por comprender un concepto jurídico fundamental: las bases de licitud o fuentes de legitimación. En términos sencillos, las bases de licitud son la razón legal por la cuál una empresa pueda o no tener datos personales de otros: trabajadores, clientes o marketing.

    Ninguna empresa puede recolectar, procesar, almacenar o ceder información de personas naturales si no cuenta con una justificación o habilitación legal previa que se lo permita.

    ¿Por qué las bases de licitud son tan importantes para su negocio?

    Bajo el nuevo principio de «licitud y lealtad», su empresa (como responsable de los datos) tiene la carga legal de demostrar y acreditar en todo momento que cuenta con una base de licitud válida para tratar esa información.

    Si la nueva Agencia de Protección de Datos Personales fiscaliza su organización y descubre que está procesando información de clientes o trabajadores sin un fundamento legal idóneo, estará cometiendo una infracción grave. Esto expone a su negocio a multas que pueden alcanzar hasta las 10.000 UTM.

    En LegalDatos, le explicamos de manera didáctica cuáles son estas bases de licitud y cómo operan en la práctica diaria de su empresa:


    1. El Consentimiento: La Regla General (y sus nuevas exigencias)

    La legislación establece que el consentimiento del titular de los datos es la base de licitud por excelencia y la regla general para que cualquier tratamiento sea lícito. Sin embargo, la nueva ley eleva drásticamente el estándar de cómo debe obtenerlo.

    Ya no basta con el silencio del usuario o con cláusulas abusivas ocultas en contratos interminables. El consentimiento ahora debe ser una manifestación de voluntad que cumpla con ser libre, específica, inequívoca e informada:

    • Debe ser un acto afirmativo claro: La persona debe realizar una acción evidente para aceptar, como marcar activamente una casilla que por defecto viene en blanco, o entregar una declaración escrita, verbal o por medios electrónicos equivalentes.
    • Debe ser específico: Su empresa debe informar con exactitud la finalidad o finalidades para las que usará los datos (por ejemplo, una autorización para despachar un producto y otra totalmente distinta para enviarle marketing).
    • No se puede forzar: Un cambio clave para las empresas es que la ley presume expresamente que el consentimiento no ha sido libre si obliga al usuario a entregar datos que no son estrictamente necesarios para la prestación del servicio o la ejecución de un contrato. Además, el cliente tiene el derecho legal irrenunciable a revocar o retirar su consentimiento en cualquier momento, de forma tan fácil, expedita y gratuita como cuando lo otorgó.

    2. Tratamiento sin Consentimiento: Las otras fuentes de licitud

    El legislador entiende que, en el ecosistema comercial, obligar a las empresas a pedir el consentimiento para cada mínima operación podría paralizar los negocios. Por ello, el Artículo 13 de la Ley 21.719 establece excepciones sumamente útiles para el sector privado, permitiendo el tratamiento lícito de datos sin requerir el consentimiento del titular. Estas son las principales:

    A. Para la celebración o ejecución de un contrato

    Si un cliente compra un producto en su tienda online, no necesita pedirle un consentimiento adicional y explícito regulado por esta ley para procesar su dirección y despacharle el producto. El tratamiento es lícito porque es estrictamente necesario para ejecutar el contrato de compraventa que ambas partes acaban de celebrar, o para implementar medidas precontractuales solicitadas por el mismo cliente. Sin embargo, esa dirección no se puede usar para enviar información comercial o publicidad (la finalidad del dato es la importante).

    B. Para el cumplimiento de una obligación legal

    Si una empresa trata continuamente datos personales porque el Estado se lo exige. Por ejemplo, procesar los datos de salud de las licencias médicas de sus trabajadores, o retener los datos para pagar sus cotizaciones previsionales. En estos casos, la base de licitud que le autoriza a tratar esa información sin preguntarle al trabajador es el mero cumplimiento de una obligación impuesta por otra ley.

    C. Para la satisfacción de «Intereses Legítimos»

    Esta es una de las bases de licitud más innovadoras y estratégicas para las empresas bajo la nueva ley. Permite a las organizaciones tratar datos sin consentimiento cuando el procesamiento sea necesario para satisfacer un interés legítimo propio o de un tercero. Ejemplos prácticos incluyen monitorear las redes informáticas de la empresa para garantizar la ciberseguridad, o analizar el comportamiento financiero para prevenir fraudes corporativos.

    La gran precaución: El interés legítimo no es un cheque en blanco. La ley es tajante al señalar que sólo procede «siempre que con ello no se afecten los derechos y libertades del titular». Para usar esta base, la empresa debe hacer un ejercicio interno previo (una prueba de ponderación o sopesamiento) para demostrar que su interés corporativo no atropella la privacidad del individuo.

    D. Para la formulación, ejercicio o defensa de derechos ante tribunales

    Si su empresa enfrenta un juicio laboral, una demanda civil o un procedimiento administrativo ante un organismo público, está plenamente legitimada para recopilar, procesar y presentar la información personal necesaria para ejercer su legítima defensa o hacer valer sus derechos.

    E. Para datos relativos a obligaciones económicas, bancarias o comerciales

    La ley contiene un apartado especial (el Título III) que permite el tratamiento de datos financieros, comerciales y bancarios sin consentimiento. Históricamente, esto ampara el reporte al sistema financiero (como el Boletín Comercial) de las deudas impagas, protestos o morosidades de las personas.


    En conclusión, mapear las bases de licitud de su empresa no es una mera formalidad legal; es el cimiento de su continuidad operacional.

    Frente a la nueva legislación, cada gerente y directivo debe saber responder claramente: ¿Por qué tenemos estos datos, y qué norma exacta nos autoriza a tratarlos?

    En LegalDatos somos expertos en estructurar esta arquitectura legal para que su negocio crezca de forma segura y rentable.

     

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  • Publicación en el Diario Financiero

    Publicación en el Diario Financiero

    Publicado el 13 de mayo de 2026 | Diario Financiero

    LegalDatos en Diario Financiero: El cambio cultural y legal de la Ley 21.719

    “Cuando se habla de datos personales, muchos imaginan que es un asunto estrictamente informático y de ciberseguridad. Hoy en día debemos desmitificar esta visión. Con la nueva Ley 21.719, los datos dejaron de ser un tema puramente tecnológico para convertirse en un desafío legal crítico para todas las empresas. Hablamos de contratos de trabajo, contratos comerciales, huellas digitales, bases de datos de clientes y hasta correos electrónicos. La ley consagra un cambio cultural.”

    — Daniel Manríquez Sansigolo, Director Legal del estudio jurídico especializado LegalDatos.

    En dicho contexto, el artículo destaca que las empresas no son dueñas de esos datos, sino solo poseedores temporales. Para resguardar esto, la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 21.719) crea la nueva Agencia de Protección de Datos Personales, un órgano autónomo que podrá fiscalizar de manera estricta y aplicar multas gravísimas de hasta 20.000 UTM.

    Ya no basta con tener seguridad informática básica, pues este nuevo cuerpo legal exige a las organizaciones demostrar una “responsabilidad proactiva” respecto al tratamiento de la información. Por lo que resulta imperativo implementar modelos de prevención de infracciones y contar con asesoría jurídica especializada para resguardar la continuidad y el prestigio de su negocio.

  • ¿Qué es el RAT? (Registro de Actividades de Tratamiento): Una guía Práctica

    ¿Qué es el RAT? (Registro de Actividades de Tratamiento): Una guía Práctica

    ¿Qué es el RAT?

    El Registro de Actividades de Tratamiento es, sin lugar a duda, la brújula que guiará el cumplimiento normativo de su empresa frente a la nueva Ley de Protección de Datos Personales (Ley 21.719). Frecuentemente, se comete el error de asumir que este registro es un mero trámite burocrático o un documento legal más que debe firmarse y archivarse. Para despejar cualquier duda, a continuación explicamos su impacto real y estratégico en el negocio y Ejemplos de RAT.


    1. El RAT en la Teoría: Las exigencias legales

    En términos estrictamente jurídicos y según el reglamento de la nueva ley, el RAT es un instrumento fundamental que constituye el corazón de los Modelos de Prevención de Infracciones o programas de compliance. En teoría, es un registro formal que debe caracterizar detalladamente todas las operaciones que su empresa realiza con la información nominativa.

    Para cumplir con el estándar normativo, este registro debe responder a preguntas clave y contener, al menos, la siguiente información por cada proceso:

    Qué datos se tratan: Indicar el tipo de datos personales, especificando expresamente si se incluyen datos sensibles o categorías especiales (como la huella dactilar o datos de salud).

    Para qué se utilizan: Los fines concretos y específicos de las operaciones de tratamiento.

    Por qué es lícito tenerlos (base de licitud): Cuál es la fuente de procedencia de los datos y su «base de licitud» legal (si se procesan porque se cuenta con el consentimiento del cliente, por la ejecución de un contrato o por un interés legítimo).

    Con quién se comparten: Las categorías de terceros a quienes se prevé comunicar o ceder los datos, incluyendo si se realizan transferencias internacionales a servidores en el extranjero.

    Cuánto tiempo se resguardan: Los plazos o condiciones previstos para la eliminación o supresión definitiva de la información.

    Decisiones automatizadas: Se debe declarar si se utilizan los datos para tomar decisiones automáticas o para la elaboración de perfiles comerciales, detallando la lógica aplicada.

    En la teoría legal, si la Agencia de Protección de Datos Personales fiscaliza su entidad, el RAT será exigido para comprobar que actúa con responsabilidad proactiva.


    2. El RAT en la Práctica: El inventario de su «bodega»

    La teoría puede sonar compleja, pero en la práctica el RAT es un mapa operacional transversal que une a todas las áreas de su negocio. Para entenderlo de forma didáctica, imagine que su empresa es una gran bodega: durante años, los departamentos de Recursos Humanos, Ventas, Marketing y TI han estado almacenando cajas (datos) sin etiquetarlas correctamente. Nadie sabe con certeza qué hay al fondo, a quién pertenecen esas cajas ni cuál es su utilidad. Elaborar el RAT en la práctica significa entrar a esa bodega, abrir caja por caja, limpiar e inventariar su activo más valioso.

    Para desarrollar este levantamiento en el mundo real, es necesario seguir estos pasos estratégicos:

    Crear un glosario común: El primer obstáculo es el idioma corporativo. El primer paso práctico es lograr que toda la empresa comparta los mismos conceptos y entienda qué significa exactamente un dato personal.

    Asignar Responsables: El RAT no puede ser tarea exclusiva del departamento legal; de ser así, el proyecto podría fracasar. Se debe dividir la empresa por áreas (Recursos Humanos, Producto, Marketing, etc.) y nombrar a un líder en cada una. Esa persona será la responsable de mapear qué datos entran, cómo se usan y por dónde salen en su respectivo departamento.

    De lo macro a lo micro: Lo ideal es que en este Registro exista rigurosidad y detalle. Sin embargo, el proceso de gestión es sumamente complejo, por lo tanto, no se recomienda intentar identificar algo tan específico como la cédula de identidad de cada personal cuando se está recién comenzado. En la práctica, se debe iniciar identificando los procesos generales (por ejemplo, «campaña de correos de marketing» o «control biométrico de asistencia») para luego descender al detalle paulatinamente.


    3. El Gran Riesgo Operativo: El «RAT de papel»

    Un error gravísimo en la práctica empresarial es creer que el RAT es un archivo Excel gigante que se llena una vez, genera decenas de versiones desactualizadas donde nadie sabe quién modificó qué columna, y luego se abandona en una carpeta compartida.

    Para que el modelo funcione verdaderamente, el RAT debe ser una herramienta en movimiento. Esto significa que, en el día a día, si su empresa decide lanzar un nuevo producto, contrata un nuevo software en la nube o planea una campaña de ventas, el RAT debe revisarse y actualizarse antes de ejecutar la acción. Un RAT  integrado en sus comités de trabajo deja de ser una carga burocrática y se transforma en una ventaja competitiva, permitiéndole identificar riesgos y tomar decisiones comerciales más rápidas, eficientes y bajo un control absoluto.


    4. Ejemplos prácticos de procesos que debe inscribir y gestionar en su RAT

    Para entender la transversalidad de esta obligación, a continuación presentamos casos concretos de distintas áreas de una empresa que deben estar documentados en el registro:

    1. Envío de campañas de correos de marketing o newsletters: Si su área de marketing envía correos masivos con promociones, el RAT debe identificar esta actividad, señalando qué datos utiliza (como nombre y correo electrónico), el departamento responsable (owner) de la campaña y la base de licitud legal que le permite hacerlo, como por ejemplo, el consentimiento previo y explícito del titular.

    2. Control de asistencia laboral con biometría: Si utiliza huellas dactilares o reconocimiento facial para marcar la entrada y salida de sus trabajadores, esto constituye un tratamiento de datos altamente sensibles. En su RAT debe registrar esta actividad, evaluando los riesgos, justificando la proporcionalidad de la medida y asegurando que cuenta con el consentimiento expreso de los empleados frente a alternativas menos intrusivas.

    3. Gestión de compras y despachos en E-commerce: Para procesar una compra online, su empresa recopila datos como la dirección, el nombre y el medio de pago. El RAT documentará que la finalidad es netamente comercial (ejecutar el contrato de compraventa) y señalará a qué terceros les comunica o cede esos datos, como a la empresa de logística encargada exclusivamente de despachar el producto al domicilio del cliente.

    4. Almacenamiento de bases de datos en la nube (Cloud Computing): Si aloja la información de sus clientes en servidores externos o en la nube (como Amazon Web Services o Google Cloud), su RAT debe reflejar que ese proveedor tecnológico actúa jurídicamente como su «encargado de tratamiento» o mandatario. Si esos servidores están ubicados fuera de Chile, debe registrarlo expresamente como una operación de «transferencia internacional de datos», indicando el país de destino y confirmando que existen garantías de seguridad adecuadas.

    5. Administración de fichas clínicas en un centro de salud: Si dirige una clínica o centro médico, trata datos de salud que la ley califica como sensibles y de alto riesgo. El RAT de esta actividad es fundamental y debe detallar las medidas de seguridad reforzadas adoptadas (como la seudonimización o encriptación), los estrictos controles de acceso al personal y los plazos de conservación para resguardar la confidencialidad absoluta del paciente.

    6. Evaluación de riesgo comercial o financiero (Scoring): Si su empresa evalúa el comportamiento de pago de un cliente para decidir si le otorga un crédito comercial, el RAT debe caracterizar detalladamente este tratamiento. Si utiliza procesos de inteligencia artificial o toma decisiones individuales automatizadas para elaborar estos perfiles financieros, debe registrar y explicar de manera significativa la lógica matemática aplicada y las consecuencias de dicho perfilamiento para el titular.

    7. Captación de imágenes mediante videovigilancia (CCTV): La instalación de cámaras de seguridad en sus sucursales o lugares de trabajo captura la imagen física de las personas, lo cual es considerado un dato personal y eventualmente biométrico. Su RAT debe documentar esta actividad justificando que su finalidad estricta es la seguridad de las instalaciones y previniendo, mediante un análisis, que la medida no sea desproporcionada o una intromisión ilegítima en la esfera íntima de los trabajadores o clientes.

    8. Procesamiento de datos de menores de edad en la educación: Si administras un colegio o una universidad, tratas continuamente datos de niños, niñas y adolescentes, los cuales poseen un estándar de protección reforzada bajo la nueva ley. El RAT debe reflejar la forma en que se obtiene el consentimiento otorgado por los padres o representantes legales, así como detallar la prohibición absoluta de ceder esta información a terceros sin justificación legal.

    9. Desarrollo tecnológico de una nueva aplicación móvil: Antes de lanzar un nuevo producto al mercado, como una «app» deportiva o de vida sana, el RAT le sirve para aplicar el deber de «protección desde el diseño». Aquí inventariará previamente qué datos solicitará su aplicación (ej. hábitos de sueño, geolocalización o peso corporal), con qué fines específicos los recopilará y establecerá las medidas de configuración predeterminada para que nazca con la máxima privacidad posible.

    Recomendamos leer El estándar mínimo de un modelo de prevención de infracciones

  • Publicación Diario Financiero

    Publicación Diario Financiero

    Publicado el 13 de mayo de 2026 en Diario Financiero

    “Cuando se habla de datos personales, muchos imaginan que es un asunto estrictamente informático y de ciberseguridad. Hoy en día debemos desmitificar esta visión. Con la nueva Ley 21.719, los datos dejaron de ser un tema puramente tecnológico para convertirse en un desafío legal crítico para todas las empresas. Hablamos de contratos de trabajos, de contratos comerciales, huellas digitales, bases de datos de clientes y hasta correos electrónicos. La ley consagra un cambio cultural”, afirma Daniel Manríquez Sansigolo, Director Legal del estudio jurídico especializado LegalDatos.

    En dicho contexto, las empresas no son dueñas de esos datos, sino solo un poseedor temporal, para cuyos efectos la Ley 21.719 crea la Agencia de Protección de Datos Personales, órgano autónomo que podrá fiscalizar y aplicar multas de hasta 20.000 UTM. Ya no basta con tener seguridad informática, pues este nuevo cuerpo legal exige demostrar una “responsabilidad proactiva” al respecto, por lo que resulta

     

    Ver Publicación: https://www.df.cl/noticias/site/docs/20260511/20260511180052/suplemento_20260512.pdf

  • Qué son realmente los Datos Personales bajo la nueva Ley 21.719

    Qué son realmente los Datos Personales bajo la nueva Ley 21.719

    Qué son realmente los Datos Personales bajo la nueva Ley 21.719

    Muchos empresarios creen que «dato personal» es solo el Nombre y el RUT. Error. La nueva ley transforma el dato de un recurso comercial a un Derecho Humano.

    Cuando preguntas a un gerente qué datos personales maneja su empresa, la respuesta suele ser rápida: «Solo tenemos nombres, correos y RUTs de clientes». Bajo la antigua normativa, esa respuesta podría haber sido aceptable.

    Pero con la Ley 21.719, el universo de lo que se considera un dato personal se ha expandido radicalmente, y con ello, tus obligaciones legales. Para cumplir, primero debes entender que el «chip» mental debe cambiar. Antes, los datos se veían como un recurso libre, como el aire o el agua en tiempos antiguos. Hoy, la ley viene a proteger eso con dientes afilados.

    1. El Cambio Cultural: De «Activo» a Derecho Constitucional

    Lo primero que debes saber es que un dato personal ya no es «cualquier cosa» que puedas guardar en un Excel. Ahora está anclado en el núcleo de la Constitución (Art. 19 N° 4). ¿Qué significa esto para tu negocio?
    Autodeterminación Informativa

    El dato pertenece al titular (la persona), no a la empresa. El titular tiene el poder de controlar quién tiene su información, para qué la usa y cuándo debe dejar de usarla.
    Dignidad Humana

    Cuando manipulas un RUT o una huella, tocas un derecho fundamental. Si no respetas esto, no cometes una falta administrativa, estás vulnerando un derecho constitucional.

    2. No es solo quién eres, es quién «podrías ser»

    La ley define Dato Personal como cualquier información vinculada a una persona natural identificada o identificable. Aquí está la trampa para muchas empresas.

    Ya no se trata solo de tener el nombre. Si tienes un dato que por sí solo no dice nada (ej: una dirección IP, datos de geolocalización o un perfil de compra), pero que al cruzarlo con otra información te permite saber quién es esa persona, eso ES un dato personal.

    💡 Para tu negocio digital: Si usas cookies para rastrear comportamiento o identificadores de dispositivos móviles (IDFA/AAID), estás tratando datos personales, aunque técnicamente no tengas el «nombre» del usuario en tu base de datos.

    3. Los «Datos Sensibles»: Un Campo Minado

    La ley ha ampliado la categoría de Datos Sensibles. Estos requieren un cuidado extremo (ciberseguridad reforzada y consentimiento expreso). Tratarlos sin las bases legales correctas es una infracción gravísima. La nueva lista incluye:

    Datos Biométricos: Huella digital, reconocimiento facial, iris o voz. Ojo: Si usas huelleros para asistencia o cámaras inteligentes, estás tratando datos sensibles.
    Situación Socioeconómica: Datos que revelen el estado económico real. Crítico para empresas de riesgo comercial o marketing segmentado.
    Salud y Perfil Biológico: Información médica, genética o psíquica (incluyendo licencias médicas en RRHH).

    Zonas Grises reguladas: La ley también pone lupa sobre la Geolocalización (debes informar para qué rastreas) y los datos de Niños, Niñas y Adolescentes, cuyo estándar de protección es superior.

    4. El Fin de las Fuentes de «Acceso Público»

    Esta es quizás la modificación más disruptiva para los modelos de negocios basados en marketing y ventas B2B. Bajo la antigua ley, se creía que si un dato estaba en internet (Google, LinkedIn, Diario Oficial), era de «libre uso». Eso se acabó.
    🚫Prohibición de facto al «Scraping»

    Que el dato sea público no te da derecho a tomarlo y guardarlo. Las empresas que «raspan» webs para armar bases de datos quedan en ilegalidad si no tienen un interés legítimo probado.
    📢Nueva Regla de Transparencia

    Aunque el dato sea público, ahora debes informar al titular: «Señor usuario, obtuve sus datos de tal fuente pública y los estoy usando para X fin». Ya no se puede recopilar a escondidas.

    5. ¿Por qué importa para tu bolsillo?

    La ley se basa en el Principio de Responsabilidad. Las consecuencias financieras son reales y severas:

    Uso de fuentes públicas sin base legal: Infracción grave (hasta 10.000 UTM).
    Tratamiento indebido de datos sensibles (huellas/salud): Infracción gravísima (hasta 20.000 UTM).

    La Regla de Oro

    «Antes de recolectar un dato, pregúntate: ¿Realmente necesito saber esto? Si la respuesta es no, aplica el principio de minimización y no lo pidas. Menos datos, menos riesgo.»

  • Agencia de Protección de Datos Personales

    Agencia de Protección de Datos Personales

    Conoce al nuevo «Árbitro» de tus datos: La Agencia de Protección de Datos

    Se acabó la letra muerta: Chile estrena un organismo fiscalizador con dientes. Descubre las facultades que impactarán tu negocio.

     

    Durante años, la protección de datos en Chile fue una normativa sin un «padre» que la hiciera cumplir. Si una empresa usaba mal los datos, el proceso judicial era lento y costoso. Eso se acabó.

    La Ley 21.719 crea la Agencia de Protección de Datos Personales, una institución poderosa diseñada para vigilar, investigar y sancionar. Ya no solo respondes ante tus clientes, sino ante un organismo técnico del Estado.

    ¿Qué es la Agencia?

    • No es un ministerio: Es una corporación autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio.
    • Es un órgano colegiado: Dirigida por un Consejo Directivo de expertos, elegidos con acuerdo del Senado para garantizar independencia técnica.

    Las 5 Super-Facultades que impactarán a tu empresa

    Según el Artículo 30 bis, la Agencia no es un mero observador. Estas son sus atribuciones:

    1 Facultad Normativa

    La Agencia dicta las reglas del juego mediante Instrucciones Generales obligatorias.

    Lo que significa para ti: Deberás estar atento a las circulares técnicas (ej: uso de biometría) porque son ley.

    2 Facultad Fiscalizadora

    Puede auditar tu negocio y requerir la entrega de cualquier documento o base de datos.

    Lo que significa para ti: Pueden tocar a tu puerta. Si no tienes la documentación en regla, estás en problemas.

    3 Facultad Sancionadora

    Esta es la facultad más temida.

    Puede aplicar multas de hasta 20.000 UTM o suspender tus actividades de tratamiento de datos.

    4 Facultad Resolutiva

    Actúa como tribunal ante reclamos de clientes por derechos ARCOP.

    Lo que significa para ti: Si no respondes a un cliente, este escalará el reclamo a la Agencia y te exigirán explicaciones.

    5 Facultad de Certificación

    Administra el Registro Nacional de Sanciones y Cumplimiento.

    Lo que significa para ti: La Agencia validará si tu modelo de compliance es serio. Estar certificado es tu mejor «seguro».

    El Cambio de Panorama

    Antes, el riesgo era bajo. Ahora, con una Agencia dedicada exclusivamente a esto, el riesgo es inminente. La Agencia tiene el mandato de interpretar qué se entiende por «seguridad adecuada».

  • Derechos ARCO o ARCOP

    Derechos ARCO o ARCOP

    Entendiendo los Derechos ARCOP: El nuevo poder de tus clientes y trabajadores

    Esto no es un simple juego de siglas. Representa el control real que tiene cualquier persona sobre la información que tu empresa maneja. Bajo la Ley 21.719, estos derechos son irrenunciables.

     

    Como empresario, seguramente has escuchado hablar de los «Derechos ARCO». Sin embargo, con la nueva Ley 21.719, este concepto ha evolucionado y se ha ampliado. Ahora hablamos de ARCOP.

    Estos derechos son irrenunciables, intransferibles y gratuitos. A continuación, te explicamos didácticamente qué significa cada letra y qué obligación genera para tu empresa.
    A  Acceso (El derecho a saber)

    Es la puerta de entrada. Cualquier persona tiene derecho a preguntarle a tu empresa: «¿Tienen datos míos? ¿Cuáles son? ¿Para qué los usan? ¿De dónde los sacaron?».
    Tu obligación: Si un titular te lo pide, debes confirmar si procesas sus datos y entregarle una copia de ellos, explicando la finalidad, el tiempo de retención y a quién se los has enviado. Ojo: No basta con decir «sí»; debes dar detalles.
    R Rectificación (El derecho a corregir)

    Si los datos que tienes están mal, la persona puede exigir que los arregles. Esto aplica cuando la información es inexacta, desactualizada o incompleta.
    Tu obligación: Si tienes un cliente con una deuda ya pagada que sigue apareciendo como moroso, o un trabajador con una dirección antigua, debes corregir ese dato en tus sistemas de inmediato al recibir la solicitud.
    C Supresión (El derecho al olvido)

    Tradicionalmente llamado «Cancelación». Es la facultad de pedir que elimines sus datos cuando ya no son necesarios, cuando se retira el consentimiento o cuando están caducos.
    Importante para la empresa: No es un derecho absoluto. Si tienes un contrato vigente o una obligación legal (ej: guardar facturas para el SII), no estás obligado a borrarlos, pero debes bloquearlos para otros usos.
    O Oposición (El derecho a decir «No»)

    Es el derecho a exigir que no se realice un tratamiento específico, aunque tengas los datos legítimamente. El caso clásico es el Marketing.
    Tu obligación: Debes tener sistemas capaces de segregar los datos. Si un cliente dice: «Úsalos para facturarme, pero no para publicidad», debes sacarlo de la lista de envíos inmediatamente.
    P Portabilidad (La gran novedad)

    Esta es la «P» que moderniza nuestra normativa al estándar europeo. Es el derecho del titular a pedirte una copia de sus datos en un formato electrónico estructurado y de uso común (como Excel o CSV).
    Tu obligación: El objetivo es que el cliente pueda llevarse su «historia» a la competencia. Si el tratamiento es automatizado, no puedes retener la data como un rehén.

    ¿Qué pasa si no respondo?

    La ley establece plazos estrictos. Tienes 30 días corridos (prorrogables por otros 30) para responder a estas solicitudes.

    Si no respondes, o deniegas sin razón legal, el titular puede denunciarte ante la Agencia. Esto inicia un procedimiento de Tutela de Derechos que puede derivar en multas millonarias.

  • Tratamiento de Datos Personales

    Tratamiento de Datos Personales

    ¿Qué es el «Tratamiento de Datos»? (Y por qué lo haces todo el tiempo)

    Existe una confusión habitual: creer que esto es solo para empresas tecnológicas. Si guardas un CV o pagas un sueldo, ya estás bajo la lupa de la Ley 21.719.

    Existe una confusión habitual en el mundo empresarial: creer que el tratamiento de datos es algo complejo, reservado para empresas de tecnología o big data. La realidad es mucho más simple y abarcadora.

    Si tu empresa guarda el currículum de un postulante en un cajón, envía un correo a un cliente o paga la nómina de sueldos, estás realizando tratamiento de datos personales.

    1. La Definición Legal: Todo cuenta

    • Bajo la Ley 21.719, el concepto de tratamiento es sumamente amplio. Se define como cualquier operación, automatizada o no, que permita:
      Recolectar
      Procesar
      Almacenar (guardar)
      Comunicar o transmitir
      Utilizar
      Suprimir (borrar)

    La implicancia práctica: No importa si usas un software avanzado o una planilla Excel. Desde el momento en que un dato entra a tu organización hasta que lo eliminas, estás «tratando» datos y la ley te aplica por completo.

    2. Tu Nuevo Rol: «Responsable de Datos»

    Al realizar estas acciones, la ley te asigna automáticamente el rol de Responsable de Datos. Esto significa que eres quien decide los fines (para qué) y los medios (cómo) del tratamiento.
    La responsabilidad no se delega

    Aunque contrates a una empresa externa para procesar los sueldos o gestionar el marketing (quienes serían «Encargados»), tú sigues siendo el responsable legal ante la Agencia de Protección de Datos y ante los titulares.

    3. Tus Responsabilidades Críticas (Accountability)

    La nueva normativa se basa en el Principio de Responsabilidad Proactiva. Ya no basta con ser cuidadoso; debes demostrar que cumples la ley.

    • Acreditar la Licitud: No puedes tratar datos «por si acaso». Debes probar una base legal (consentimiento, contrato o ley).
    • Deber de Seguridad: Debes adoptar medidas técnicas (ciberseguridad) para evitar fugas o accesos no autorizados.
    • Deber de Confidencialidad: Obligación de secreto que subsiste incluso después de terminada la relación laboral.
    • Responder a Derechos ARCOP: Debes tener canales para Acceso, Rectificación, Supresión, Oposición y Portabilidad.

    4. Las Implicancias del Incumplimiento

    El tratamiento de datos indebido ha dejado de ser una falta menor para convertirse en un riesgo financiero y operacional crítico.

    Multas Millonarias

    Una infracción gravísima puede ser sancionada con hasta 20.000 UTM.

    Reincidencia (Grandes Empresas)

    La multa puede calcularse como un porcentaje de tus ingresos anuales (hasta el 4%), elevando el castigo a cifras estratosféricas.

    Suspensión de Actividades
    La Agencia tiene la facultad de suspender tus operaciones de tratamiento de datos, lo que podría paralizar tu negocio.

  • El abc de los datos personales

    El abc de los datos personales

    Datos Personales para Principiantes: El ABC de la nueva Ley

    Todo lo que necesitas saber para entender la Ley 21.719 sin ser abogado. Una guía para dueños de empresa y emprendedores.

    Si eres dueño de una empresa o gerente, es probable que hayas escuchado que «las reglas del juego cambiaron» con la nueva Ley de Datos Personales. Y es cierto. Pero entre tecnicismos legales y amenazas de multas, es fácil perderse.

    Como expertos en LegalDatos, hemos preparado esta guía esencial —el verdadero ABC— para que entiendas los conceptos básicos que definirán el futuro de tu negocio a partir de diciembre de 2026.

    A ¿Qué es (y qué no es) un Dato Personal?

    Lo primero es entender la materia prima:

    • Dato Personal Cualquier información referida a una persona natural identificada o identificable. No es solo el RUT. Es el correo, la huella, la geolocalización o hábitos de compra.
    • Dato Sensible Una categoría especial que requiere cuidado extremo (y consentimiento explícito). Incluye salud, vida sexual, opiniones políticas, y huellas biométricas.
    💡 Ojo: Los datos de personas jurídicas (empresas) NO son datos personales bajo esta ley.

    B Los Protagonistas: ¿Quién es quién?

    En esta «película» legal, es vital que sepas tu rol:

    • El Titular: La persona dueña de los datos (tu cliente, empleado, proveedor). La ley lo protege a él.
    • El Responsable (Probablemente TÚ): Quien decide qué se hace con los datos. Si recolectas datos para vender o facturar, eres el Responsable ante la ley.
    • El Encargado: Un tercero que procesa datos por ti (ej: la empresa de software de RRHH). Ellos siguen instrucciones, pero tú eres el responsable final.

    C Las Reglas de Oro: Los Principios

    La ley te da «Principios» que debes respetar siempre:

    Finalidad

    Úsalo solo para lo que dijiste. Si pediste el mail para la boleta, no envíes publicidad sin permiso.

    Proporcionalidad

    Pide lo justo. ¿Necesitas la religión para vender zapatos? No. Entonces no la pidas.

    Seguridad

    Obligación de tomar medidas técnicas (ciberseguridad) para que los datos no se filtren.

    Licitud

    Necesitas una «base legal». Usualmente Consentimiento o Contrato.

    D El Poder del Cliente: Derechos ARCOP

    Tu cliente tiene un kit de herramientas poderoso. Debes poder responder a:

    • Acceso: «¿Qué datos tienes de mí?»
    • Rectificación: «Corrige mi dirección».
    • Cancelación (Supresión): «Borra mis datos».
    • Oposición: «No me envíes más publicidad».
    • Portabilidad (¡Nuevo!): «Dame una copia de mis datos para llevarme a tu competencia».

    E El Árbitro: La Agencia

    Se acabó la letra muerta. La nueva Agencia de Protección de Datos Personales es un organismo autónomo con «dientes».

    Las Multas

    Pueden llegar hasta 20.000 UTM (aprox. $1.300 millones) o el 4% de tus ingresos anuales si eres una gran empresa reincidente.

    Conclusión: No es miedo, es orden

    Entender este ABC es el primer paso para dejar de ver los datos como un archivo de Excel y empezar a tratarlos como un activo de riesgo y valor. La ley entra en plena vigencia en 2026, pero cambiar la cultura toma tiempo.